Calcular pensiones autónomos
Fuente: http://gestionpyme.com
Saber
cuánto dinero tendremos a la hora de jubilarnos es una de las cuestiones
que más preocupan a trabajadores autónomos y asalariados. Sin embargo,
para estos últimos calcular la pensión de forma anticipada es incluso más importante porque esta dependerá en buena medida sus cotizaciones a la Seguridad Social,
algo que, a diferencia de los empleados por cuenta ajena, sí depende
única y exclusivamente ellos. Os explicamos cómo realizar el cálculo
VER VIDEO.
La reforma de las pensiones de 2011 ha supuesto importantes cambios
en la forma en la se hace el cálculo de la jubilación y ninguno de ellos
positivo para los trabajadores, pero especialmente para los autónomos.
El primer gran cambio que introduce la reforma es aumentar la edad de
jubilación de forma paulatina hasta los 67 años. El proceso comenzó en
2013 y se extenderá hasta 2027 de la forma en la que muestra la
siguiente tabla:
Pero si bien este cambio es significativo en el cálculo de la
pensión, todavía lo es más el que afecta al periodo que se tiene en
cuenta para establecer la cuantía de la pensión. En el caso de los
trabajadores está viene dada por el salario percibido, o lo que es lo mismo, la base reguladora sobre la que se calculará la pensión.
Es la media aritmética de las bases de cotización de los últimos quince
años cotizados pero sin pagas extras y actualizando las cifras en
función del IPC. En el caso de los autónomos lo que se tiene en cuenta
son las bases por las que han cotizado a la seguridad que, a diferencia
de los trabajadores por cuenta ajena, pueden establecer ellos mismos
dentro de unos límites.
La propia Seguridad Social es la encargada de establecer cada año
estos límites en las bases de cotización de forma que ahora mismo el
mínimo está fijado en 858,60 euros y el máximo en 3.425,70 euros. Sin
embargo, existen algunas restricciones directamente relacionadas con el
cálculo de jubilación. En este sentido, los trabajadores menores de 48
años pueden escoger cualquier base de cotización entre el máximo y el
mínimo, al igual que los autónomos que a 1 de julio de 2011 contasen con
una base de cotización igual o superior a los 1.665,90 euros. Sin
embargo, con la entrada en vigor de la reforma de las pensiones, los
autónomos entre 48 y 49 años con bases de cotización inferiores a
1.665,90 euros mensuales ya no pueden aumentarla por encima de los
1.682,70 euros, lo que afecta directamente a su futura pensión.
Lo que ocurre es que con el aumento de los años que tiene en cuenta
la base reguladora, muchos autónomos se verán atrapados con cotizaciones
inferiores a las previstas. Y es que la práctica habitual era la de
cotizar por la base mínima hasta los 47 años y a partir de ahí subirla
dentro de los límites que marca la Seguridad Social y que por ejemplo
impiden a los mayores de 50 años con bases de cotización bajas aumentar
de golpe su cotización.
La base reguladora irá aumentando progresivamente desde 2013 hasta
alcanzar el 2022 los 25 años. Es decir, el objetivo es que a largo plazo
se tenga en cuenta un periodo de 25 años para calcular la base
reguladora.
Sobre la base reguladora resultante habrá que aplicar una serie de
coeficientes reductores para quienes se jubilan antes de los 65 y para
quienes lo hacen sin haber cotizado los años necesarios. Y es que 15 son
los años mínimos para cobrar la pensión contributiva, pero quienes
deseen cobrar el 100% deberán cotizar 35 años. En este sentido, un
trabajador autónomo puede llegar a percibir la pensión máxima que permite el sistema, unos 2.466,20€, para ello deberá haber cotizado 35 años en los niveles máximos.
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